Por Jorge Petinaud Martínez
Corresponsal jefe en Bolivia
Publicadas el 19 de mayo, ambas decisiones frenan la participación del MTS en las elecciones generales de agosto próximo, partido que encabeza la Alianza Popular, impulsora del binomio presidencial integrado por Andrónico Rodríguez y Mariana Prado como vicemandataria.
Las resoluciones fueron emitidas por la Sala Primera Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Beni y por la Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y limitan facultades estatales que corresponden al Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Estas informaciones se conocieron después que el candidato presidencial de Alianza Popular oficializara a la exministra de Planificación (2017-2019) del Gobierno de Evo Morales como candidata de ese frente a la vicepresidencia del Estado.
El secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, sostuvo que la entidad no fue notificada con ninguna medida cautelar. Sin embargo, el canal privado DTV mostró la prisa de la Sala Constitucional de Beni en hacer llegar esta advertencia en un mensaje de WhatsApp.
El fallo de la Sala Constitucional de Beni respondió a una demanda de acción de cumplimiento presentada por el militante de la derecha de Santa Cruz Peter Erlwein Beckhauser, quien señaló que el MTS, encabezado por el aymara Félix Patzi, no renovó su directiva nacional, reconocida, sin embargo, el 8 de mayo de 2024 por el TSE.
De hecho, esta situación es violatoria del principio de preclusión, que significa la pérdida o extinción de una facultad o potestad procesal debido a no haber sido ejercida en el plazo establecido por la ley.
Implica esto, en esencia, que si una parte no realiza una acción procesal (como presentar una demanda, un recurso o una prueba dentro del tiempo límite), pierde la oportunidad de introducir ese trámite en el futuro.
La sentencia constitucional expresa que “(…) se dispone como medida cautelar la suspensión de la participación del partido político MTS en los comicios electorales (…,), debiendo suspenderse la inscripción de candidatos de MTS”.
Agrega, no obstante, que esa suspensión se mantiene hasta la audiencia pública, que se llevará a cabo de forma virtual por Zoom el 22 de mayo.
Tras el fallo emitido en el Beni, se conoció la determinación de la sala constitucional paceña, que aceptó un amparo presentado por la exesposa de Patzi, María Maciel Terrazas, quien le disputa la titularidad del partido.
En marzo, Erlwein Beckhauser presentó denuncias en contra del Frente Para la Victoria (FPV) y el Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol) por seguir con personería jurídica pese a no haber conseguido el tres por ciento de los votos en las elecciones de 2020.
Como resultado, el 7 de mayo el TSE canceló la personería jurídica de ambas fuerzas políticas, pese a que les permitió participar en los comicios subnacionales de 2021, lo cual constituye otra violación del concepto de preclusión.
ASPIRANTE A DIPUTADO OPOSITOR EN ESCENA
También el 19 de mayo se conoció que Erlwein Beckhauser es candidato a diputado por la opositora alianza Unidad, de los candidatos Samuel Doria Medina y José Luis Lupo, y públicamente sostuvo que su objetivo es obstruir la presencia del bloque nacional popular en las elecciones generales de agosto venidero.
En entrevista concedida al canal privado Gigavisión, Beckhauser afirmó que su objetivo con las acusaciones presentadas es impedir la presencia de cualquier tendencia representativa del Movimiento al Socialismo (MAS), bien sea Evo Morales o Andrónico Rodríguez.
Demandas presentadas por este opositor aspirante a diputado derivaron en el fallo que ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE) suspender la participación del Movimiento Tercer Sistema (MTS), fuerza principal de Alianza Popular junto a las agrupaciones Partido Socialista Revolucionario (PSR) y Movimiento Autonomista de Trabajo y Esperanza (MATE).
Anteriormente, cuando solo quedaban el Partido Demócrata Cristiano y el Movimiento Tercer Sistema como las últimas opciones para que Morales inscribiera su candidatura, el hoy aspirante a diputado cruceño anunció que también presentaría demandas contra ellos.
“Demandé a Pan-Bol y a FPV para que Evo (Morales) se quede sin partido (…)”, dijo al canal privado DTV el 7 de mayo.
AQUELLOS POLVOS TRAJERON ESTOS LODOS
Una situación similar de injerencia del Tribunal Constitucional, que anuló atribuciones del TSE, órgano de igual jerarquía como poder estatal según la Constitución Política del Estado, ocurrió a finales de 2024 respecto a las elecciones judiciales realizadas el 15 de diciembre.
En vísperas de ese acto comicial, la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un fallo que las mutiló.
Tal instancia ratificó la decisión de la Sala Constitucional Primera de Beni y declaró desierta la convocatoria a la elección de magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en los departamentos de Beni y Pando.
Consideró también desierta la convocatoria para el TCP en los departamentos de Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija, por la cual las elecciones judiciales tuvieron solo un carácter parcial.
Esa situación fue calificada entonces por el vocal del TSE Tahuichi Tahuichi Quispe de “nefasto antecedente”, al denunciarlo como una injerencia del TCP en las funciones del órgano electoral.
Tahuichi subrayó que ese tipo de actuación convertiría al TCP en una institución colocada por encima de los cuatro poderes del Estado.
arb/jpm