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domingo 24 de noviembre de 2024
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¿Tribunales militares en Chile en tiempos de paz? (+Foto)

Santiago de Chile (Prensa Latina) En Chile, donde muchas violaciones de derechos humanos bajo la dictadura quedaron impunes, es considerado un retroceso democrático el proyecto de restablecer la justicia militar para miembros del ejército o la policía que cometan delitos contra civiles.

Por Carmen Esquivel

Corresponsal jefa en Chile

Una propuesta en ese sentido fue presentada recientemente por legisladores de partidos de oposición como Renovación Nacional, Unión Demócrata Independiente y el Movimiento Amarillos, quienes la incorporaron al proyecto de ley sobre Reglas de Uso de la Fuerza (RUF).

Pese a que la Cámara de Diputados la rechazó, la iniciativa sigue latente porque sectores de la derecha esperan reponerla en el Senado.

“Nosotros hemos dicho que, en materia de competencia civil, durante mi Gobierno no se van a restablecer los tribunales militares”, aseguró el presidente chileno, Gabriel Boric.

Precisó el mandatario que ese tipo de justicia es para tiempos de guerra y casos muy específicos, y en su administración no se va a volver a implementar para revisar casos que deben ir a los juzgados ordinarios.

Interrogado sobre el tema el reconocido abogado Nelson Caucoto, quien ha llevado casos emblemáticos aquí, fue tajante al afirmar que jamás una causa de derechos humanos puede ser encargada al fuero castrense.

Dicho sistema afectó profundamente las investigaciones de crímenes ocurridos durante la dictadura (1973-1990) y no generó sentencias en contra de agentes del Estado, dijo el letrado a Radio Universidad de Chile.

Caucoto citó dos casos concretos, primero el de Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas, quienes fueron quemados vivos por una patrulla del ejército en 1986 y, sin embargo, se trató de culpar a los jóvenes de haberse inmolado.

Casi 40 años después de aquellos acontecimientos, en enero pasado la justicia chilena condenó a 11 uniformados en retiro por los delitos de homicidio calificado o como cómplices.

Otro hecho mencionado fue el de la Operación Albania, donde la justicia militar dictó el sobreseimiento definitivo de los agentes del Estado que asesinaron a 12 jóvenes en junio de 1987. Solo cuando el caso pasó a la justicia ordinaria se logró condenar a los responsables.

COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES MILITARES

La legislación vigente aquí señala que la justicia militar está autorizada para procesar las infracciones cometidas por uniformados en el ejercicio de sus funciones, cuando acontezcan dentro de un territorio ocupado militarmente o se trate de actos contra la soberanía.

Los delitos que juzgan son principalmente crímenes de guerra e infracciones a las leyes sobre reclutamiento y movilización.

En 2010 se aprobó una ley que eliminó su competencia para enjuiciar a civiles y menores de edad.

Analistas aquí consideran que ampliar ahora la jurisdicción militar representaría un retroceso y un error en materia del debido proceso y Estado de derecho.

Es como volver a un Chile que ya quedó atrás, opinó el diputado Vlado Mirosevic, del Partido Liberal.

EL CASO DE LOS RECLUTAS DE PUTRE

El 27 de abril Franco Vargas, un joven de 19 años que cumplía el servicio militar, falleció mientras realizaba una marcha de instrucción en la norteña comuna de Putre a más de cuatro mil metros de altura y sin ropas apropiadas para las gélidas temperaturas.

Durante el ejercicio, 45 de sus compañeros se enfermaron, tres de ellos de gravedad y a uno fue necesario amputarle una mano. Este hecho provocó una profunda conmoción en el país y llevó a más de 140 reclutas a pedir la baja.

Informaciones contradictorias por parte del Ejército generaron dudas sobre la transparencia e imparcialidad de la institución, que llevaron a Romy Vargas, madre del conscripto fallecido, a exigir que la Fiscalía Militar no participe en la investigación del caso por no confiar en ella.

Los responsables del cuartel donde cumplía el servicio aseguraron que el joven fue llevado con vida a un centro de atención hospitalaria, pero el nosocomio negó la versión y confirmó que ya había muerto cuando lo recibieron.

“Las imprecisiones son graves y las mentiras imperdonables. Fallaron”, escribió en su cuenta de X el senador Iván Flores, del Partido Demócrata Cristiano, quien dijo esperar que no se insista en la justicia militar.

Para la diputada Lorena Fries, de Convergencia Social, en casos como estos, “la justicia militar es más un privilegio para los eventuales culpables que una verdadera posibilidad de justicia para las víctimas”.

El 14 de mayo el Juzgado de Garantía de la región de Arica decidió que el proceso quedará en manos de la jurisdicción civil, con lo cual rechazó la solicitud de la enviada especial de la Corte Suprema, Jenny Book, quien pretendía que las investigaciones permanecieran en el fuero castrense.

Según el juez Juan Araya, en los lamentables hechos en la comuna de Putre no sólo resultaron afectados militares, sino también civiles, entre ellos Romy Vargas, madre del soldado fallecido.

Hay una víctima que no es militar y esa jurisdicción no tiene la robustez de la unidad de atención especializada del Ministerio Público para proteger sus garantías, aseguró.

DEBATES EN EL CONGRESO NACIONAL

Pese al rechazo en la Cámara de Diputados de la propuesta para dar más atribuciones a los tribunales militares, la oposición buscará retomar el tema en el Senado.

En esencia los impulsores de esta idea abogan porque en determinadas circunstancias, como estados de excepción constitucional y resguardo de zonas fronterizas, los delitos cometidos por uniformados sean conocidos por juzgados militares, aún cuando haya víctimas civiles.

Abogados en derechos humanos dijeron esperar que el proyecto no prospere, porque en tiempos de la dictadura trajo mucha injusticia, y abogan por mantener la jurisdicción de las Fuerzas Armadas sólo en ámbitos de su competencia.

arb/car

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